ANSES | Compensación de hijos por aportes ¿cómo cobrarlo?
-FUENTE:EL CIUDADANO
-La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) comunicó que sigue vigente el ‘Programa Integral de Reconocimiento de Períodos de Servicio por Tareas de Cuidado’.
A partir de esta medida, las mujeres que no puedan acceder a una jubilación por falta de aportes, podrán contar años de aportes por sus hijos para llegar, de esa manera, a cumplir con los 30 años requeridos.
El programa permite, de esta manera, compensar la falta de aportes por hijos que estuvieron al cuidado de la mujer.
El reconocimiento de aportes por tareas de cuidado computará:
- 1 año de aportes por hija/o.
- 2 años de aportes por hija/o adoptada/o.
¿A quiénes les corresponde?
- Mujeres con hijas y/o hijos, en edad de jubilarse (60 años o más) que no cuenten con los años de aportes necesarios.
- Podrán acceder a esta medida aquellas mujeres que no cuenten con una jubilación ya otorgada o pensión en trámite.
¿Cómo realizar el trámite?
Para iniciarlo debes ingresar a www.anses.gob.ar y solicitar un turno presencial para el trámite jubilación por tareas de cuidado.
Luego se debe asistir a la sucursal de ANSES indicada con el turno previo y en el mismo presentar las partidas de nacimiento de los hijos/as, el certificado de discapacidad (CUD) en caso de que lo sean y la sentencia de adopción si fueran adoptados.
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