Anses pagará un bono extra a millones de beneficiarios pero algunos cobrarán más que otros

La Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) continúa como la principal herramienta del Gobierno para apuntalar el poder adquisitivo de los sectores más vulnerables de la población y ahora entregará un bono extra a las Asignaciones.

IMAGEN ILUSTRATIVA

-La intención del Gobierno sigue siendo apuntalar el poder adquisitivo de los sectores más vulnerables de la población, por eso mediante un decreto publicado este martes se dejó establecido que, además de los trabajadores y los desempleados, los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) de la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) recibirán un bono extra con un monto complementario.

Este bono extra de Anses será percibido por los beneficiarios de Asignaciones en octubre y noviembre. Se tratará de una suma no remunerativa de $5.063 en algunos casos y de $3.415 en otros, pero ambas cifras se duplicarán en noviembre por lo que algunos podrán recibir $10.126 y otros $6.830.
Los beneficiarios que recibirán el bono extra de Anses de $5.063 serán las personas trabajadoras que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública nacional cuyo ingreso del grupo familiar se encuentre dentro del primer rango de ingresos o que tributen en las categorías A, B o C del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).
Aquellos que el ingreso del grupo familiar se encuentre dentro del segundo rango de ingresos o que tributen en la categoría D del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), recibirán como bono extra por parte de Anses un complemento de $3.415 que se verá duplicado en noviembre.

-Además este bono extra de Anses también alcanza a los titulares de Asignaciones como la AUH y los beneficiarios de la prestación por desempleo.

Quiénes recibirán el bono extra de Anses:

Los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública nacional, siempre que el ingreso del grupo familiar establecido por el Decreto Nº 1667/12 se encuentre dentro del primer o del segundo rango de ingresos fijado en la Resolución ANSES Nº 174/21 o las que en el futuro la reemplacen.
Los beneficiarios y las beneficiarias de la Prestación por Desempleo de las Leyes Nros. 24.013 y 25.371, siempre que el ingreso del grupo familiar establecido por el Decreto Nº 1667/12 se encuentre dentro del primer o del segundo rango de ingresos fijado en la Resolución ANSES Nº 174/21 o las que en el futuro la reemplacen.
Los y las contribuyentes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que tributen en las categorías A, B, C o D.
Las Personas titulares de la Asignación por Hijo que perciban las asignaciones familiares del primer o del segundo rango fijado en la Resolución ANSES Nº 174/21 o las que en el futuro la reemplacen.

FUENTE:MDZ

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