Puente al Empleo ANSES: Qué prestaciones son compatibles con el nuevo programa
-Desde el 1º de octubre comenzará a implementarse el nuevo Plan Puente al Empleo con el que el gobierno busca incorporar a más de 150 mil personas que reciben una asistencia económica en puestos laborales con el objetivo de transformar planes sociales en trabajo formal. ¿Qué prestaciones son compatibles con el nuevo programa?
-Puente al Empleo ANSES: En qué consiste el Programa
Con la reglamentación del Decreto 551/2022 y la reciente publicación en el Boletín Oficial de la Resolución Conjunta 4/2022, el gobierno confirmó el inicio del nuevo Programa Puente al Empleo, que entrará en vigencia el próximo 1º de octubre, cuyos objetivos principales consisten en “transformar de manera gradual y con un criterio federal a los programas sociales, educativos y de empleo en trabajo registrado de calidad; mejorar la empleabilidad y la generación de nuevas propuestas productivas y promover la inclusión social plena de aquellas personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad social y económica”.
Fuentes del gobierno informó, además, que desde principio de año se están firmando convenios con las cámaras empresariales de diferentes sectores "para crear empleo" en todos los rubros. Además, explicaron que "todos los empleadores se pueden sumar al programa Puente de Empleo, ya sean pymes o grandes empresas".
Puente al Empleo ANSES: Cuáles son los beneficios y cómo funciona
El Programa Puente al Empleo estableces que los empleadores del sector privado que contraten nuevos trabajadores que participen en los programas sociales, educativos o de empleo, lo harán por un plazo de 12 meses. Durante el plazo en que se desarrolle la relación laboral, el empleador deberá considerar e imputar la asignación dineraria de los programas sociales, educativos o de empleo a cuenta del pago de la remuneración.
A su vez, el Estado subsidiará la mitad del salario y habrá un descuento del 100 por ciento de las cargas sociales por 12 meses para la empresa que contrate a los nuevos empleados.
En caso que el período de cotizaciones al Sistema de Seguridad Social se encuentre entre los ocho y los 12 meses, los trabajadores podrán optar entre la posibilidad de permanecer en el programa de origen o acceder a la prestación por Desempleo.
Producida la discontinuidad del contrato de trabajo, los trabajadores tendrán la posibilidad de continuar percibiendo las asignaciones dinerarias que brindan dichos programas, si el número de cotizaciones al Sistema de Seguridad Social no supera los 12 meses, según se establece en el decreto.
La capacitación de los beneficiarios estará a cargo de cada uno de los Estados provinciales y, una vez que ese período de formación se completa, los trabajadores ingresan a las empresas a prestar funciones.
Puente al Empleo ANSES: Con qué planes sociales de la ANSES es compatible
Para cumplir con el objetivo de “transformar planes sociales en trabajo formal”, el Programa Puente al Empleo incluirá a los beneficiarios de dos asistencias que brinda la ANSES:
- Programa Acompañar del Ministerio de las Mujeres
- Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local "Potenciar Trabajo", del Ministerio de Desarrollo Social
A su vez, serán parte también de este plan quienes integren los programas:
- Jóvenes y Mipymes, "Te Sumo", del Ministerio de Trabajo
- Inserción Laboral (PIL) del Ministerio de Trabajo
- Fomentar Empleo, del Ministerio de Trabajo
Puente al Empleo ANSES: Cómo será la contratación
El Programa Puente al Empleo contempla diferentes modelos de contratación laboral así como tiempos durante los que se pagará la asistencia en base a estos:
- Contratos de trabajo por plazo indeterminado
- Contratos de trabajo a tiempo parcial: los beneficios se otorgarán por la mitad del valor previsto para los contratos por plazo indeterminado
- Contratos de trabajo a plazo fijo: los beneficios se otorgarán como máximo por seis meses
- Contratos de trabajo de temporada: los beneficios se otorgarán durante el primer ciclo o temporada y por el término máximo de seis meses
- Contratos de trabajo agrario permanentes, de prestación continua y discontinua, y temporarios (Artículos 16, 17 y 18 del régimen previsto en la Ley Nº 26.727 y sus modificatorias): los beneficios se otorgarán durante el primer ciclo o temporada
- Contratos de trabajo comprendidos en el régimen previsto en la Ley Nº 22.250 y sus modificatorias
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