Potenciar trabajo: ¿cobran aguinaldo los beneficiarios?
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-Se trata de un programa que depende del Gobierno nacional a través del Ministerio de Desarrollo Social. En esta línea, conocé si podrás recibir el primer medio aguinaldo del año.
¿Titulares de Potenciar Trabajo cobran Aguinaldo en junio 2022?
Al igual que cualquier empleado, quienes reciben esta ayuda económica cobrarán el Sueldo Anual Complementario (SAC), tanto en este mes de junio como en diciembre.
Este monto extra se puede abonar a fines de junio (no lo cobran junto al salario) o los primeros días de julio. En base a eso se calcula cuánto van a percibir los titulares, ya que los montos serán distintos según cuándo se realice el pago.
Aguinaldo para Potenciar Trabajo: cuánto se cobra
Es el segundo aumento en el año -que se rige por el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM)- y es del 10% aproximadamente, ya que a principio de año el Gobierno afirmó que la suba será del 45% anual.
Así, el salario complementario de Potenciar se eleva a $22.771 pero se cobra en julio. Esto es porque corresponde a todo lo trabajado en julio, que se deposita al mes siguiente.
A través de ANSES, el Gobierno abonó en junio y repetirá en julio un bono de $9.000 en el marco del Refuerzo de Ingresos, conocido como IFE 4. Se trata de una especie de aguinaldo por pago extra.
De momento, el Gobierno no anunció una cifra adicional.
Qué es el programa Potenciar Trabajo
El mismo unifica a los programas Hacemos Futuro y Salario Social Complementario en una única iniciativa.
Su objetivo es contribuir a mejorar el empleo y generar nuevas propuestas productivas a través del desarrollo de proyectos socio-productivos, socio-comunitarios, socio-laborales y la terminalidad educativa, con el fin de promover la inclusión social plena para personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad social y económica.
Quiénes acceden a Potenciar Trabajo
- Mayores de 18 años y menores de 64.
- Beneficiarios de Asignación Universal por Hijo (AUH) y/o Tarjeta Alimentaria
- Monotributistas sociales o de categoría A
- Trabajadores en relación de dependencia bajo el régimen de Personal de Casas Particulares (empleada doméstica)
- Propietarios de UN solo inmueble (casa, departamento o terreno)
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